En primer lugar, el término de "canasta familiar" aplica, siempre y cuando se tenga presente que se trata de los bienes y servicios que puede demandar cualquier hogar en el país, esto incluye hogares con ingreso bajo, medio o alto.
De igual manera, que no se trata de la canasta que se compra con el salario mínimo de sólo de ingresos bajos, y de la misma manera que no se puede denominar como "canasta básica" o "normativa que técnicamente se denomina con "canasta para seguimiento de precios", pues es su función específica, servir de testigo sobre la evolución de los precios.
Esta canasta o listado de bienes y servicios se elige o constituye, aplicando sobre la información de gasto de los hogares, criterios económicos y estadísticos que aseguren la inclusión de los artículos con las siguientes características:
· Los artículos que más pesan en el gasto de consumo de los hogares, esto le brinda un carácter plutocrático al índice.
· Los artículos que demanda la mayoría de hogares del país esto le brinda un carácter democrático al índice.
· Los artículos cuya participación de gasto en los últimos años presenten una tendencia creciente.
· Los artículos donde la demanda por los mismos puede crecer de manera importante en mediano y largo plazo, y adquieran una importancia inusitada.
Los anteriores criterios ofrecen la posibilidad a los artículos de hacer parte de la canasta para seguimiento de precios en el IPC, pero adicionalmente se consideran otros criterios complementarios:
· Que el gasto en los artículos resulte de una transacción de mercado, es decir se paga y se recibe a cambio un bien o servicio.
· Qué los artículos seleccionados tengan especificaciones para seguimiento de precios, unidades físicas y precio por esa unidad.
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